El doble conflicto de las personas con tendencias sexuales no deseadas

En los últimos meses varios países han aprobado leyes que prohíben los tratamientos dirigidos a quienes buscan ayuda para reorientar unas tendencias homosexuales que experimentan de forma problemática. Tales normas responden a un clima de opinión asentado entre las principales instituciones médicas y el establishment político: que las terapias resultan siempre inútiles y dañinas. Sin embargo, algunos estudios y testimonios personales recomiendan un acercamiento más prudente al asunto.

Hace apenas un mes entró en vigor la última actualización del Código Internacional de Enfermedades (ICD-11) elaborado por la Organización Mundial de la Salud. Aunque la homosexualidad ya había desaparecido del catálogo en anteriores ediciones, ahora también se ha eliminado la referencia a la orientación sexual dentro de las categorías de diagnóstico. En concreto, se suprime la parte que mencionaba los “trastornos psicológicos y de comportamiento asociados a la orientación y el desarrollo sexual” (categoría F66).

A pesar de este cambio de clasificación, sigue habiendo quienes sienten como no deseada una atracción hacia personas de su mismo sexo, y buscan ayuda psicológica o espiritual, o ambas, para afrontar una situación que les hace sufrir.

Distintos métodos, distintos nombres

Con el fin de atender esta demanda existe un amplio catálogo de iniciativas, algunas con el propósito expreso de reorientar la atracción sexual de la persona hacia la heterosexualidad, y otras que, manteniendo esta posibilidad en el horizonte, se centran más en la sanación de las heridas afectivas que pueden acompañar estas situaciones. También hay gran diversidad en cuanto a los métodos: desde terapias psicodinámicas a cargo de psicólogos titulados, hasta el puro acompañamiento espiritual por parte de ministros religiosos.

Existen muchas formas de llamar a estas intervenciones, y la utilización de una u otra no es inocente. Los que se oponen a ellas las suelen llamar “terapias de conversión” o “aversivas”. Sus partidarios reniegan de estas denominaciones. En primer lugar, porque no todas estas intervenciones tienen como objetivo principal cambiar la orientación sexual de quien la recibe; y, en segundo, porque estos nombres evocan cierta coerción en los métodos y el uso de pseudociencia.

Dos visiones completamente diferentes

Precisamente estas son las principales acusaciones que se han esgrimido para pedir la prohibición de estos tratamientos. Por un lado, se describen como formas de violencia psicológica, relacionándolas con procedimientos macabros como la utilización de descargas eléctricas ante estímulos homoeróticos, o la imposición de contenido pornográfico heterosexual y de tratamientos extremos (duchas heladas, vómitos, etc.). Por otro, se niega su efectividad, alegando que la orientación sexual es algo fijo, y que por tanto cualquier esfuerzo es inútil y solo contribuye a victimizar al paciente.

Los procedimientos macabros que se han asociado a estos tratamientos han sido, afortunadamente, abandonados hace décadas

Esta es, a grandes rasgos, la postura oficial que ha adoptado la ONU, como puede verse en el informe sobre el tema publicado en 2020 por el “Experto Independiente” contra la discriminación por motivos sexuales.

Sin embargo, quienes defienden los tratamientos para la atracción homosexual no deseada –TAHND, como los llamaremos en este artículo– cuestionan ambas afirmaciones. En cuanto a lo primero, señalan que las aberrantes prácticas citadas por sus detractores han sido, afortunadamente, abandonadas casi en su totalidad desde hace décadas, y no tienen nada que ver con los métodos actuales, que se basan sobre todo en la conversación.

Por otro lado, explican, diferentes investigaciones muestran que estos tratamientos han conseguido ayudar a muchas personas: a algunas a modificar su comportamiento sexual, y a otras a sanar algunas heridas afectivas.

¿Siempre dañinos, nunca efectivos?

Existen algunas investigaciones que señalan que los TAHND son perjudiciales para la salud psíquica de los pacientes y, en concreto, aumentan la posibilidad de conductas depresivas o suicidas. El informe más conocido al respecto es el de Blosnich et al., de 2020, según el cual la participación en estos tratamientos casi duplica la probabilidad de incurrir en ideas o conductas suicidas “a lo largo de la vida”.

Sin embargo, otro estudio critica esta investigación y otras similares precisamente por no diferenciar entre los comportamientos antes y después del tratamiento, y por no tener en cuenta la mayor presencia de otras comorbilidades previas, algunas de ellas más frecuentes entre quienes acuden a TAHND. Una vez corregidos estos defectos metodológicos, y examinando la misma muestra poblacional utilizada por Blosnich et al., resulta que las personas que han recibido estos tratamientos tienen de hecho una probabilidad significativamente menor de incurrir en comportamientos o ideas autolesivas después de recibir el tratamiento.

Tampoco existe un consenso científico claro en cuanto a la posibilidad de modificar la orientación sexual. Por ejemplo, algunos estudios (ver aquí y aquí) muestran que algunos hombres sí manifiestan cambios en cuanto a sus tendencias o comportamientos sexuales después de participar en TAHND.

Algunos estudios cuestionan que los TAHND sean siempre dañinos para quien los recibe y nunca modifiquen su sexualidad

De hecho, lo cierto es que el Grupo de Trabajo al que la propia OMS encomendó la última revisión del Código Internacional de Enfermedades explicaba en sus recomendaciones que “la orientación sexual no es algo fijo para todo el mundo” y que “distintos estudios han encontrado una variación sustancial en los patrones de la expresión sexual no solo entre personas, sino a lo largo de la vida de una misma persona”.

Con la fuerza de la ley

La discrepancia de las investigaciones en torno a la efectividad e inocuidad de estos tratamientos no ha sido obstáculo para que distintos países se hayan adelantado a prohibirlos.

Es cierto que aún son minoría los países que los proscriben de forma explícita (también son frecuentes otras formas indirectas de prohibición, por ejemplo a través de leyes contra la homofobia), pero su número está creciendo, y la tendencia parece clara, al menos en Occidente.

Algunas leyes anti-TAHND prohíben estos tratamientos solo para menores; otras, también para adultos que acuden voluntariamente

Nueva ZelandaFranciaIsrael y Canadá han sido los últimos países en prohibirlos, durante los pasados meses. Alemania lo hizo hace dos años. Brasil fue de los primeros, junto a Uruguay. En otros países, se han prohibido solo en una parte del territorio: algunos cantones suizos, varias comunidades autónomas en España, tres provincias australianas y cerca de veinte estados de Estados Unidos. En Reino Unido y Noruega se están debatiendo actualmente dos propuestas para ilegalizarlas.

No todas estas leyes son iguales. En muchos países solo se prohíben los TAHND cuando se dirigen a menores, o a adultos sin capacidad completa de decisión. Tal es el caso de la ley alemana, la neozelandesa y la que se está estudiando en Reino Unido, además de todos los estados norteamericanos salvo el Distrito de Columbia. En cambio, en Francia, Brasil, y también en el proyecto que se está discutiendo en Noruega, la prohibición incluye a los adultos plenamente competentes. Igualmente ocurre en Canadá, después de que en la tercera redacción del texto se eliminara una cláusula que establecía una excepción para los adultos que prestaran su consentimiento.

Con todo, ya se han producido algunas sentencias contrarias a estas leyes, por ejemplo en un caso de talk teraphy (terapia conversacional) en Florida.

Libertades amenazadas

Las leyes anti-TAHND también pueden menoscabar la autonomía personal para orientar la propia sexualidad. Resulta significativo, en este sentido, que cuando el “experto independiente” de la ONU para temas de discriminación por orientación sexual abrió un periodo de consulta pública antes de elaborar su dictamen sobre los TAHND, la mayoría de testimonios enviados por personas que habían acudido a uno de estos tratamientos eran bastante positivos y alegaban que prohibirlos podría contribuir a invisibilizar su sufrimiento.

Por ejemplo, una mujer, que había vivido gran parte de su juventud como lesbiana, escribía al experto independiente quejándose de la imagen distorsionada que se ha dado de los TAHND: “Si alguna forma de terapia incluye la coacción y utiliza métodos de tortura para intentar provocar un cambio, entonces sí, es una violación de los derechos humanos y debe ser detenida y condenada. ¿Pero qué pasa con los que queremos desesperadamente un cambio? ¿Se nos debe negar el derecho a buscar nuestra versión de la felicidad?”

Psicólogos bajo presión

Los que critican las leyes anti-TAHND también alegan que estas prohibiciones quiebran la relación de confianza que debe existir entre el terapeuta y el paciente, lo que acaba perjudicando a este último. Si, ante una situación de crisis o incertidumbre en torno a la propia inclinación sexual –que puede ser transitoria y estar relacionada con otras vivencias conflictivas–, la única opción del psicólogo es “afirmar” las tendencias homosexuales de su paciente, entonces se encuentra de hecho con las manos atadas.

En este sentido, llama la atención la diferente respuesta que se da a los pacientes diagnosticados con disforia de género y a los que acuden a los TAHDN. Mientras que las heridas afectivas de los primeros son tratadas con sumo cuidado, las de los segundos, que también experimentan un desgarro a nivel identitario, son miradas con sospecha o directamente negadas. Sufren así un silenciamiento que se añade al dolor que les causa su problema.

Por ello, en vez de criminalizar de entrada a quien se ofrece para ayudar a personas con heridas afectivas reales, podrían pensarse otras respuestas más compasivas, con más respaldo científico y más respetuosas con los derechos de todos. Por ejemplo, perseguir o prohibir determinados métodos, siempre que se demuestre que son dañinos, o exigir una titulación a los terapeutas.

Autor: FERNANDO RODRÍGUEZ-BORLADO

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