¿Por qué el matrimonio de personas de mismo sexo [MMS] no es una buena idea?

3 comentarios sobre “¿Por qué el matrimonio de personas de mismo sexo [MMS] no es una buena idea?

  1. Es fundamental saber educar al amor, hasta que nuestros sentimientos sean realmente libres y puros

    A pesar de que no haya todavía una posición universal y común en campo médico y científico sobre el concepto y sobre la naturaleza de la homosexualidad, es posible hacer reflexiones, no solo morales sino también psicológicas, antropológicas y sociales para un debate abierto y productivo, que salga fuera de las áridas lógicas de la propaganda de parte.

    Esta es la difícil tarea que se han planteado los autores de un libro publicado recientemente, La aventura del amor, en el que se afronta el tema del amor y de los sentimientos bajo distintas perspectivas: una de estas es ciertamente el amor homosexual.

    ¿Existe el amor homosexual?

    Uno de los interrogantes que el libro se plantea es si existe realmente el amor homosexual o si sencillamente se trata de una mera atracción, solo de impulsos dictados por el instinto y las emociones. No nos olvidemos que hasta 1973, apenas hace algunos decenios y no siglos, la homosexualidad era considerada una enfermedad, o en el mejor de los casos una desviación sexual debida a una confusión o trastorno de la personalidad. Es necesario reconocer que este enfoque científico era equivocado. El deseo y la tendencia sexual no puede nunca determinar de hecho el estado de salud físico y mental de una persona.

    Médicos y psicólogos saben bien ya desde hace tiempo que las personas, también las heterosexuales, pueden tener una atracción más o menos momentánea hacia individuos del mismo sexo, sin que esto conlleve una tendencia o una condición definitiva de homosexualidad. ¿Pero qué sucede sin embargo en los casos en los que un hombre y una mujer van más allá del simple instinto sexual y transforman su impulso hacia personas en una verdadera orientación de vida? ¿Y qué decir de quien incluso se somete a delicadas operaciones quirúrgicas para cambiar de sexo? No es fácil dar una respuesta. Detrás de estas orientaciones a veces se esconde un fuerte sufrimiento y desaliento interior, un malestar social, a menudo una violencia sufrida o una trágica desilusión de la vida. A veces estas elecciones, también si son hechas en plena conciencia, nacen de un sufrimiento profundo.

    Por esto hoy es fundamental cada vez más saber educar al amor, hasta que nuestros sentimientos sean realmente libres y puros. ¿Pero es más necesaria una orientación sexual o una orientación existencial? Conocer el mundo interior de las personas −y aquí el trabajo de psicólogos, formadores e incluso sacerdotes es esencial− nos ayuda a escuchar, a entender mejor y a aceptar al prójimo, ayudándole a descubrir la pureza y la paz a través de la fe. Dos documentales de los que ya hemos hablado, pueden ayudarnos a entender mejor la búsqueda del amor verdadero en las personas homosexuales.

    Educar y orientar al amor

    El libro insiste mucho en la importancia de ofrecer una orientación adecuada a los padres, a los profesores y a los formadores para poder desarrollar bien su misión educativa en relación con los niños y los adolescentes. Frente al mainstreaming de una cierta ideología de género que a menudo entra en nuestras casas en forma de videojuegos, videoclips musicales, canciones, películas y series, es necesario adquirir las capacidades adecuadas para educar y orientar al amor a nuestros hijos.

    Por ejemplo, cuando se sospecha de una tendencia homosexual, pueden ser de ayuda los siguientes comportamientos:
    •favorecer las relaciones interpersonales con personas del otro sexo;
    •destacar el valor de la amistad;
    •no aislarse en un ambiente solo de hombres o solo de mujeres;
    •destacar el valor de la castidad y del matrimonio, como fruto del amor entre un hombre y una mujer.

    Homosexualidad y pastoral cristiana

    En una reciente entrevista de Franco Olearo a monseñor Giuseppe Marciante, publicada en la revista mensual Il Timone en el mes de junio de 2017 titulada: “Homosexualidad. Acoger no quiere decir justificar”, se presenta la orientación de la pastoral cristiana en relación con esas personas que tienen una atracción por el mismo sexo.

    Siempre la Iglesia ha afirmado que nadie queda excluido de la misericordia de Dios. Dios no discrimina en base a la tendencia sexual de la persona. La pastoral cristiana exhorta siempre a no abandonar nunca a nadie. Esta apertura incondicional hacia todos, no quiere decir justificar cualquier cosa. Es necesaria una prueba de nuestra buena voluntad. Es la castidad. Dios nos quiere testigos fuertes de la castidad que es nuestro don para quien amamos. Como ha subrayado Marciante en la entrevista citada: “La virtud de la castidad se pide a los célibes, a los novios, a los viudos no casados, a los separados e incluso a los mismos cónyuges. Esta es la capacidad de la persona de ser fiel a la verdad de la misma sexualidad. A fuerza de no hablar, parece cancelada del vocabulario de nuestra realidad social. La castidad se ha convertido en un tabú. Esa no significa simplemente la abstención de las relaciones sexuales, sino la custodia de la capacidad de amor. En el fondo, la castidad es la transparencia del corazón”.

    Amor y sexualidad

    La relación entre amor y sexualidad es intrínseca a la naturaleza humana. En una sociedad cada vez más confusa y en búsqueda de una identidad, que aparece hoy fragmentada hasta casi haberse perdido, el verdadero desafío es ofrecer líneas educativas para construir un equilibrio y una armonía entre los sentimientos y la sexualidad. La aventura del amor, puede ser sin duda una guía útil para dar luz y claridad sobre el tema del sentimiento y de la sexualidad, vista desde una perspectiva no solo tecnológica, sino también médica, antropológica, psicológica y comunicativa.

    Digámoslo enseguida. No es un libro fácil, pues afronta cuestiones espinosas y complejas. El interrogante inicial del libro plantea sin ambages la cuestión de fondo “¿por qué preferimos tener relaciones fugaces o incluso virtuales? ¿Por qué no somos ya capaces de estar juntos un periodo de tiempo largo, con la base de un proyecto de vida común? La respuesta es dramáticamente sencilla: pensamos que nuestra libertad personal sea superior a cualquier otra cosa, que va más allá de cualquier límite, vínculo y deber. Lo que nos falta es una verdadera relación entre educación a la libertad y educación al amor”.

    ¿Qué tiene este libro? ¿Por qué es importante leerlo? Son los mismos autores quienes responden: “una de las cualidades de este trabajo es construir bases sólidas, antropológicas, filosóficas y científicas para la explicación y el debate de cuestiones actualmente controvertidas en el campo de la afectividad y de la sexualidad. A la vez, es accesible también a aquellos que no son especialistas y ofrece aplicaciones prácticas que lo convierten en un verdadero vademécum”. Es una obra que ofrece ideas interesantes para padres y educadores que saben lo difícil e importante que es educar al amor.

    Fabrizio Piciarelli, en familyandmedia.eu.

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  2. Es importante mostrar la verdad sobre el matrimonio para que todos la vean. El primer paso para explicar, defender, y enseñar qué es el matrimonio es definirlo

    Ahora que la Corte Suprema ha decidido sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo al margen de la opinión del pueblo estadounidense, los que creemos en él tenemos que pensar en la larga tarea que nos espera para restaurar una verdadera comprensión del matrimonio en nuestra nación.

    El primer paso es aclarar lo que es el matrimonio, para poder explicarlo a los demás de modo coherente. Aunque no hay un único modo de hacerlo, hay elementos fundamentales que son parte necesaria de cualquier definición.

    En este ensayo, simplemente proporciono una definición de matrimonio. Mi objetivo aquí no es «probar» que esto es el matrimonio (aunque ofrezco algunas reflexiones sobre cada condición), ni es participar en un análisis académico de la cuestión. Simplemente quiero ofrecer un breve resumen sobre qué es el matrimonio, para que cualquiera que quiera defenderlo tenga una idea básica para entender y responder al cambio de nuestra sociedad.

    Diez Principales características de Matrimonio

    Cuando decimos que estamos «definiendo» el matrimonio, no estamos eligiendo un matrimonio con determinadas características tal y como queremos que sea. El matrimonio no es algo convencional que la sociedad defina a su antojo. Es «pre-político» tiene una naturaleza independiente de los deseos humanos, fuera del alcance de la manipulación humana. Algunos aspectos del matrimonio pueden variar en diferentes momentos y lugares, pero hay otros «no negociables», que sin ellos el matrimonio no sería una institución distinta de los contratos ordinarios.

    ¿Qué es el matrimonio? He aquí mi tosca definición: El matrimonio es una alianza formal, entre un hombre y una mujer, establecida por el consentimiento libre [de ambos], que constituye una unión de por vida, y en particular una relación sexual exclusiva, orientada fundamentalmente hacia la procreación y educación de los hijos, y a una vida de mutuo apoyo y fidelidad.

    Vamos fragmentar esta definición identificando diez características clave.

    1. El matrimonio es un vínculo social y jurídico oficialmente, reconocido por la sociedad. Este vínculo público tiene el efecto de crear obligaciones y derechos jurídicos entre marido y mujer, padres e hijos, y la familia y la comunidad. Este reconocimiento es necesario para la estabilidad de la unión, no sólo en beneficio de los hijos del matrimonio, sino también para el beneficio de los cónyuges.

    2. El matrimonio es una comunidad, comunión, o unión de vida. A través de ella, los esposos se entregan recíprocamente entre sí, compartiendo una vida en común. Este intercambio de bienes se da en todos los niveles de la vida humana: físicos, financieros, emocionales, morales, intelectuales y espirituales. La amplitud de este intercambio hace del amor conyugal el modo más profundo de la amistad.

    3. El matrimonio es sexualmente exclusivo. La promesa de fidelidad elimina estas dos personas de «el mercado sexual», por lo que ya no están disponibles como posibles parejas sexuales para nadie. Esto es necesario para la estabilidad de la familia, para garantizar el compromiso emocional de la alianza, y para el control de la fuerza desordenada de los celos sexuales. Esta norma también ayuda a los esposos a centrar su atención en los propios hijos que han tenido.

    4. El matrimonio es establecido por el consentimiento libre, porque un vínculo de este tipo (un compromiso personal, de uno mismo) y su magnitud (para toda la vida) no puede ser impuesto a nadie. De hecho, el libre consentimiento de los cónyuges a la unión marital es precisamente lo que constituye −establece, crea− la alianza.

    5. El matrimonio es entre dos personas e implica la monogamia. Esto es necesario porque el objetivo de la mutua y completa entrega no se puede lograr con más de dos personas. Un compromiso de dos o más personas requiere un compromiso dividido y disminuido, que niegue parte de la vida compartida. Por otra parte, la monogamia también respeta la igualdad de los cónyuges [y su dignidad], ya que una relación íntima con más de una persona nunca sería en términos de verdadera igualdad, y mucho menos se realizaría plenamente el don de sí, en sus relaciones. Y es necesario para la armonía y la estabilidad de la familia, ya que múltiples cónyuges (y niños de diferentes esposas), inevitablemente tienden a engendrar diversas formas de competencia dentro de la familia.

    6. El matrimonio es entre un hombre y una mujer; porque es un vínculo basado en la complementariedad sexual. Esta es una parte importante del impulso sexual, que no es sólo físico. El impulso sexual aspira a un cierto tipo de perfección de los esposos, mediante el acceso (la integración a la propia vida) a diferentes dimensiones de la vida humana (en particular, las virtudes y capacidades distintivas típicas del otro sexo) que no lograría un hombre o mujer sola. Las cualidades complementarias de los hombres y las mujeres son importantes, no sólo para los cónyuges mismos, sino especialmente para los niños, que acceden a una gama de virtudes y capacidades de los padres más rica que en los matrimonios sin complementariedad sexual.

    7. El matrimonio es para toda la vida. Esto es, sobre todo, en función de la estabilidad y del marco de la crianza de los hijos, cuya sensación de seguridad está íntimamente ligada a la unión entre los padres. Incluso las obligaciones de los padres requieren un compromiso de por vida (no sólo durante la juventud de los hijos) porque lo que hacemos ahora está influenciado por lo que pensamos sobre el futuro (piense en la analogía de un swing de béisbol o del golf, donde el seguimiento es esencial para la potencia total del golpe). La estabilidad del vínculo también es importante para los cónyuges mismos, ya que un vínculo permanente promueve fuertemente los incentivos para invertir sus mejores esfuerzos en el matrimonio.

    8. El matrimonio está orientado a la procreación de los hijos. Esto es lo realmente distintivo de la unión conyugal, y lo que hace que nada pueda superarlo. De hecho, lo que constituye lo distintivo de la unidad conyugal no es su unidad física (que, en rigor, no es más que la proximidad o contigüidad), sino su ser en conjunto, una sola unidad o principio reproductivo (incluso en los casos donde su unión no da lugar a un niño). En otras formas de procreación (en tubos de ensayo o por medio de la subrogación), que se han desarrollado recientemente, un ser humano está «fabricado» y no es el resultado de un acto de amor. Estas técnicas, en la práctica diluyen la conexión y la responsabilidad de al menos uno de los padres biológicos.

    9. El matrimonio está orientado a la crianza y educación de los hijos, porque los niños humanos se desarrollan durante un largo período de tiempo, y el compromiso de los padres biológicos es, con mucho, el vínculo más fuerte, más fiable para garantizar su desarrollo. No hay otras personas que tengan el mismo lazo biológico con el niño, ni la misma inversión emocional. Debido a este profundo lazo biológico, los padres tienen el mayor incentivo natural para hacer su mejor esfuerzo en la educación de sus hijos (los lazos biológicos no garantizan el cumplimiento de las obligaciones de los padres, y los niños tienen a veces que ser criados por personas que no son sus padres, pero, en general, no hay ningún otro vínculo que proporcione más probabilidad que los hijos sean educados por personas comprometidas emocionalmente con ellos).

    10. El matrimonio se orienta hacia una vida de apoyo conyugal mutuo, en todos los niveles. Esto incluye la obligación ordinaria de cuidarse unos a otros (física, emocional, y financieramente), en medio de las alegrías y las dificultades de la vida. La forma más elevada de este apoyo es el compromiso de ayudar al propio cónyuge a crecer en excelencia personal, en virtud, y por tanto en felicidad.

    Un punto muy importante a tener en cuenta (a menudo desatendido en la actualidad) es que la procreación y educación de los niños y la vida de mutua ayuda no son fines «alternativos» opcionales, alcanzables aisladamente unos de otros. Están íntimamente entrelazados. La procreación y educación de los niños constituye una parte importante de la vida de los cónyuges, su mayor «proyecto conjunto» y reclama la mutua cooperación, contribuyendo así profundamente a la unidad personal en el matrimonio. La mutua, y fiel ayuda y el apoyo que se brindan los cónyuges entre sí en los altibajos compartidos de su vida, constituyen el contexto en que se conciben, sostienen, dan a luz, levantan y educan a sus hijos.

    La vida de apoyo mutuo proporciona la estabilidad y el ejemplo virtuoso que los hijos necesitan; por el contrario, en un matrimonio solamente orientado al apoyo mutuo pero no a la procreación, faltarían los vínculos jurídico-sociales (con los derechos y las responsabilidades correspondientes) que son necesarios.

    Matrimonios fallidos

    Es evidente que no todo lo que se llama «matrimonio» se parece a lo que he descrito. Para ver por qué es así, es importante entender la naturaleza de una definición. Especialmente cuando se trata de un ente natural y de su desarrollo −un ser que no es un producto del artificio humano y que sólo logra la plena realización de sus capacidades con el tiempo− no lo definimos simplemente buscando el «mínimo común denominador» de las cosas que llamamos por ese nombre.

    Si hiciéramos eso con «seres humanos», por ejemplo, entonces nuestra definición podría no incluir el hecho de que los seres humanos caminan en dos pies, porque hay muchos seres humanos (niños pequeños) que no lo hacen, de hecho, no caminan sobre dos pies, sino a gatas. Nuestra definición tiene que centrarse en el ser completamente desarrollado, en su forma paradigmática. Así que nos fijamos en los humanos adultos sanos, no en los niños.

    Muchas veces, definimos las cosas abreviando la definición completa. A veces llamamos «matrimonio» a uniones sin desarrollar o desarrolladas inadecuadamente, muy por debajo de lo que es un verdadero matrimonio. La debilidad humana, la ignorancia y el egoísmo constantemente se entrometen en la vida de la gente −tanto en su matrimonio como en sus vidas personales, en su vida social, e individual−, y así, en muchos aspectos, los matrimonios de la vida real no viven como lo que el matrimonio es. Pueden fracasar de varias maneras.

    Algunas características pueden variar en intensidad o en calidad. Por ejemplo, la unidad o el compartir la vida puede ser mayor o menor, y el nivel de apoyo mutuo puede variar también. En estos casos, hay matrimonios reales, pero varían cualitativamente.

    Algunas de las características son claras en algunos casos, y más oscuras en otros. La existencia de consentimiento o la libertad de coacción es a veces clara, pero hay otros casos con áreas grises.

    Hay otras características que existen o no: por ejemplo, la complementariedad sexual y la monogamia. La ausencia de complementariedad sexual o de monogamia (incluyendo matrimonios en los que una persona ha contraído previamente un vínculo matrimonial válido, para toda la vida con otra persona) significa que una condición esencial para el matrimonio, falta, y así el matrimonio es simplemente imposible. Tales «uniones» (por buena intención y afecto que exista) son algo distinto del matrimonio real.

    Por último, si el matrimonio se basa en el consentimiento [de ambos esposos], el consentimiento tiene que ser para el matrimonio, y no para otra cosa. Consentir en una unión que excluye deliberadamente la exclusividad sexual, o la indisolubilidad, o la posibilidad de tener hijos, o la mutua ayuda mutua y apoyo, no es consentir al matrimonio real. Aquí, podríamos hablar de una especie de unión de hecho, pero no de matrimonio, en sentido estricto.

    La importancia del Matrimonio

    Tenemos que tomar en serio la cuestión de qué es el matrimonio. Muchas personas en nuestro país no están luchando simplemente por el matrimonio «tradicional» −»antiguo», o alguna forma de matrimonio que se supone que haya existido (nunca hubo una «edad de oro» del matrimonio a la que tenemos que volver. El matrimonio ha sido vulnerado en diversas formas, en algunos tiempos más que en otros.) Lo que vale la pena es luchar por el matrimonio real.

    A quienes de buena fe creen que están casados, no deberíamos ofenderles innecesariamente diciéndoles que no lo están. Al mismo tiempo, sin embargo, el matrimonio es importante, y no podemos simplemente dejar que otras personas lo definan por nosotros. Reconociendo lo que es el matrimonio, debemos, con el mayor tacto posible, mantener esa realidad como una verdad para todos.

    Christopher Wolfe es profesor de Política en la Universidad de Dallas. Él es el autor de Ley Natural y Liberalismo (Cambridge, 2006).

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  3. La Corte Interamericana sanciona el matrimonio homosexual… o no
    PEDRO PALLARES YABUR (ACEPRENSA)
    22.ENE.2018

    Guadalajara (México).— En Coco, la abuela del protagonista le comenta: “Estás flaco, mijo, hay que comer más”. Su nieto Miguel contesta con sinceridad, asumiendo que aquella frase no le obliga aceptar la oferta: “No, gracias”. Pero la matrona aclara: “Yo dije, ¡vas a querer más tamales!”. Según parece, la abuela tiene claro tanto que él debe tomar otra ronda, como que su afirmación es vinculante.

    Un problema similar sucede con el carácter obligatorio de las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En especial, con el valor jurídico de la última de ellas (OC-24/17), publicada el pasado 9 de enero. Costa Rica preguntó si la Convención Americana sobre Derechos Humanos, interpretada expansivamente, incluía tanto el deber de procesos expeditos para el reconocimiento de cambio legal de sexo de los transexuales, como la obligación de modificar la legislación sobre el matrimonio para que puedan acceder parejas del mismo sexo. La Corte responde afirmativamente. Además, “insta” a los 23 Estados parte de la Convención, no sólo al solicitante, a “impulsar realmente y de buena fe”, las reformas necesarias para adecuar sus leyes y prácticas jurídicas conforme a esta nueva interpretación (cf. párr. 226).

    La Corte Interamericana sostiene una interpretación expansiva de los derechos humanos por la que el matrimonio homosexual es uno de ellos

    Pero, ¿esa conclusión es vinculante si se ofrece en una opinión consultiva? En la región, nadie duda que, en principio, las sentencias que se originan en la jurisdicción contenciosa, obligan a los países a los que se refieren. Los demás Estados suele considerar esos criterios como orientativos o como fuentes auxiliares para su derecho interno. De forma análoga, generalmente, asignan un valor sugestivo a los criterios y respuestas surgidas de la jurisdicción consultiva. Esta conclusión es clara y contundente en el resto del derecho internacional público. Por ejemplo, para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, este tipo de declaraciones carecen de obligatoriedad –así lo ordena el artículo 5 del Protocolo 16 de la Convención–. Lo mismo sucede con las que emite la Corte Internacional de Justicia, de La Haya: no son vinculantes ni para los Estados, ni para instituciones públicas internacionales.

    Cambio de criterio

    La Corte Interamericana asumía la misma posición. En un principio, declaró que en este tipo de procesos, como no se orientaban a verificar la existencia de un hecho o disponer unas conductas, su misión se reducía a sugerir interpretaciones que carecían de efecto vinculante (cf. OC-3/83, párr. 32). Pero, a partir de 2014, la Corte cambió su criterio. Ahora entiende que los Estados están vinculados a “lo que señale en el ejercicio de su competencia no contenciosa o consultiva”, porque esta, al igual que la contenciosa, tiene por finalidad proteger “los derechos fundamentales de los seres humanos” (OC-21/14, parr. 31).

    La mayoría de los jueces asumen esta premisa: el tratado es un documento vivo y expansivo. Si la percepción sobre el contenido de un derecho avanza y evoluciona; si se requiere un nuevo paradigma para resolver problemas antes no conocidos, la necesidad de dar eficacia a los derechos humanos, justifican el uso de fuentes auxiliares, criterios de otros sistemas de derechos humanos, incluso si en el sistema que las origina carecen de peso jurídico propio.

    En 2014, la Corte cambió de criterio y atribuyó fuerza obligatoria a sus opiniones consultivas

    Pero esta evolución no convence a todos los jueces. El chileno Vio Grossi, en el voto particular disidente con el que acompañó la opinión consultiva, recuerda que el tratado sobre el que se rige el tribunal no reconoce explícitamente ese carácter vinculante; asignarle ese valor a partir de una interpretación sobre lo que sus colegas desean encontrar implícito, no expresa lo que el documento “efectiva y objetivamente establece” y los países se obligaron” (voto individual del Juez Vio Grossi en la OC-24/17, parr. 9).

    Y los países, ¿se consideran obligados? La respuesta requiere matices. En general, las Opiniones Consultivas se consideran resoluciones orientadoras, de modo análogo a las resoluciones surgidas bajo la competencia jurisdiccional dictadas contra otros países. Incluso, aunque usualmente los Estados se saben obligados por las sentencias en los procesos en que fueron parte, algunos consideran que esas resoluciones no les obligan: ya sea porque acusan a la Corte Interamericana de haber excedido sus facultades –como Venezuela o República Dominicana, que por ese motivo retiraron su reconocimiento a la Corte Interamericana–; ya porque violaría algunos principios constitucionales propios –como lo hizo en una ocasión, no sin polémica interna, Argentina–.

    Parcialidad

    Pero también, en la práctica, algunos Estados no se dan por obligados, o por debilidad institucional o porque sus andamiaje legal o administrativo es imposible que cumplan las sentencias de la Corte. Estos problemas se acentúan en la región si se toma en cuenta la crisis de legitimidad democrática, similar a la que padecen las instituciones europeas. El tribunal, especialmente en temas culturalmente controvertidos, no suele reconocer el margen de apreciación al que acude el Tribunal Europeo cuando no existe un consenso entre los países sobre el contenido de un derecho.

    Actualmente solo reconocen el matrimonio homosexual 6 de los 23 Estados parte de Convención Americana sobre Derechos Humanos

    En efecto, la Corte asumió como fuente válida para la expansión de los derechos humanos reconocidos, en este caso para redefinir el matrimonio, la interpretación que hacen solo 6 de los 23 Estados parte de la Convención. Resolver un debate interno todavía abierto y sensible, en sede judicial y en el ámbito internacional, debilita entre muchos de sus destinatarios la conciencia vinculatoria de las opiniones consultivas. Además, esa desconfianza se agudiza cuando utiliza con parcialidad el derecho internacional. Por ejemplo, al citar la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, solo se refiere a la obligación de ofrecer alguna institución para proteger la vida familiar y sus manifestaciones jurídicas; pero pasa de largo, como si no existiera, su negativa para declarar como derecho humano el acceso al matrimonio para parejas homosexuales.

    Por eso, el carácter vinculante de las Opiniones Consultivas de la Corte Interamericana se parece a las insinuaciones de la abuela de Miguel: sugerencias obligatorias pero eludibles; consejos discrecionales, pero al mismo tiempo forzosos; imposiciones tozudas envueltas en discursos jurídicos. ¿Cómo es posible algo así? Solo las abuelas conocen la respuesta.

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