¿La pena de muerte?
Lunes, 11 agosto, 2008
Como estamos en plenas Olimpiadas chinas, durante la tertulia del domingo salió a colación el tema de la pena de muerte que se aplica en más de 60 países, y al parecer, el que más: China (por aplicarlo a todo tipo de delitos). Poco a poco se fue animando la conversación.
ALGUNOS DE LOS QUE SE MOSTRABAN A FAVOR argumentaban así: 1) que aunque es verdad que la pena capital no tenga efectos disuasivos, así se impide la reincidencia. Además –según decían-, ciertos criminales no toman conciencia de la gravedad de su falta hasta que ellos mismos se enfrentan a su propia muerte; esto puede moverles a un arrepentimiento sincero, del cual no hay razón alguna para privarles; además de que aunque la pena de muerte fue suprimida en algunos Estados por razones humanitarias, esas mismas razones han llevado a restablecerla algún tiempo después. 2) Otros decían que las penas “sustitutivas” (la cadena perpetua), no son más que aplicaciones lentas, crueles e hipócritas de la pena capital, con la contrapartida de que el condenado acaba así muriendo de envilecimiento. 3) Por último, algunos mantenían que si en tiempos de guerra se juzga normal fusilar al traidor o al espía que pone en peligro a sus camaradas de combate, en la misma lógica estaría suprimir al individuo que arremete contra ancianos, mujeres o niños indefensos que no valen menos que los soldados. Es al fin y al cabo un modo lícito de defensa propia.
SIN EMBARGO, la abolición de la pena de muerte es considerada por lo general como un progreso de la civilización contemporánea.
POR ESO OTROS MANTENÍA QUE aunque son válidos los argumentos enunciados, sin embargo parece que es inadecuada la pena capital tanto para el que la ejecuta como para el que la padece; me explicaré. Por un lado parece inverosímil que sea posible matar a alguien a sangre fría, salvo que se haga desde una insensibilidad más que dudosa (dejemos a parte la licitud del hecho). Por otro lado, parece injusta la aplicación al condenado, porque en realidad se le hace morir tres veces: cuando conoce la sentencia, cuando se le dice -antes de llevarlo al patíbulo- que no ha conseguido el indulto, y cuando por fin se le ejecuta. En este sentido parece que la pena capital es fisicamente inaplicable, y la abolición no hace más que levantar acta de esa imposibilidad.
Un último apunte: Amnistía Internacional (AI) acaba de hacer público su Informe 2008: El estado de los derechos humanos en el mundo. Entre otras cosas recuerda en su Informe 2008 las 1.252 personas que fueron ejecutadas en 24 países a lo largo de 2007. Sin embargo, ignora por completo (el que calla otorga) los aproximadamente 15 millones de abortos que se producen anualmente en el mundo, según denuncian otros estudios, como el Abortion Statistics and other data. ¿No es esta forma de pensar profundamente contradictoria?


